9 de febrero de 2016

UNA NECESIDAD NACIONAL, por: Carlos Canache Mata, EL NUEVO PAÍS, miércoles 10 de febrero de 2016 / pararescatarelporvenir.blogspot.com


UNA NECESIDAD NACIONAL


por: Carlos Canache Mata
   

Pasó el carnaval, pero siguen los disfraces. Estos aprendices de dictadores que acampan en el poder desde  hace 17 años esconden sus fracasos y debilidades tras la fachada de  desplantes bravucones.

   Maduro ha abierto aspilleras en las paredes de Miraflores para disparar insultos y amenazas contra adversarios reales o imaginarios. El pasado 4 de febrero, en el acto conmemorativo  de la intentona golpista de Chávez, dijo que la AN “es una Asamblea pirata” y que no permitirá que los enemigos del pueblo lleguen al poder “ni por una vía ni por la otra, ni por las buenas ni por las malas”. En el mismo acto, agredió groseramente al empresario Lorenzo Mendoza (¿desconoce que sin la Polar la escasez alimentaria sería más dramática?) y, como si fuera un boxeador desesperado y no el ocupante de Miraflores, lo desafió así: “aquí te espero, traidor, da la cara, oligarca, bandido, ladrón”. ¿Merece permanecer en la silla presidencial quien así habla?.

   A los ojos del mundo está claro que la clave de la barbarie imperante reposa en la alianza que existe entre el Gobierno y el TSJ. Ante esa realidad ¿qué hacer? .

   La AN puede modificar la integración del TSJ si ejerce su potestad de autotutela  revocando la designación de los 13 magistrados principales y 21 suplentes que hizo el 23 de diciembre de 2015 la anterior AN, en fraude a los requisitos constitucionales y violando el procedimiento legal correspondiente. Esa designación fue un acto administrativo, no legislativo, y, como tal, revocable. Hay más: el artículo 90 del Reglamento Interior y de Debates de la AN (que tiene rango legal) faculta al Parlamento para revocar sus propias decisiones o actos viciados. Creo que, para lograr un TSJ decente, esta vía (ya utilizada por la AN chavista en dos oportunidades y con el aval de la Sala Constitucional del TSJ) es preferible a la de modificar la Ley del TSJ para aumentar el número de sus magistrados.

   Es este TSJ el que decidió la suspensión de los efectos de la proclamación de los diputados del Estado Amazonas, contrariando su propia doctrina de que “la proclamación de un candidato en un determinado cargo, no puede ser suspendida o controlada a través de una acción de amparo constitucional otorgada a favor de quien lo pretende”. Con toda razón, el Consejo Superior de la Federación de Colegios de Abogados de todo el país, ha dicho sobre esa desproclamación que “era obvio entender que mucho menos sería procedente en forma subsidiaria en una acción de nulidad y ello constituye un error grave e inexcusable” y, lo que es igualmente inaceptable, que se sustente en una grabación ilícita violatoria del artículo 48 de la Constitución, “al transformar un delito en una prueba”.



   La crisis institucional  y la crisis económico-financiera que nos tiene al borde de la cesación de pagos de la deuda externa  motivarán a la MUD para acelerar la selección de la vía constitucional que se seguirá para salir de Maduro. Esto último es una necesidad nacional.

1 comentario:

  1. Informativo e interesante.Clara explicacion de lo juridico constitucional.Demostrado el lenguaje escatologico utilizado por el presidente.Somos democratas...

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