UNA
NECESIDAD NACIONAL
por: Carlos
Canache Mata
Pasó el carnaval, pero
siguen los disfraces. Estos aprendices de dictadores que acampan en el poder
desde hace 17 años esconden sus fracasos
y debilidades tras la fachada de desplantes bravucones.
Maduro ha abierto
aspilleras en las paredes de Miraflores para disparar insultos y amenazas contra
adversarios reales o imaginarios. El pasado 4 de febrero, en el acto conmemorativo
de la intentona golpista de Chávez, dijo
que la AN “es una Asamblea pirata” y que no permitirá que los enemigos del
pueblo lleguen al poder “ni por una vía ni por la otra, ni por las buenas ni
por las malas”. En el mismo acto, agredió groseramente al empresario Lorenzo
Mendoza (¿desconoce que sin la Polar la escasez alimentaria sería más
dramática?) y, como si fuera un boxeador desesperado y no el ocupante de
Miraflores, lo desafió así: “aquí te espero, traidor, da la cara, oligarca,
bandido, ladrón”. ¿Merece permanecer en la silla presidencial quien así habla?.
A los ojos del mundo está
claro que la clave de la barbarie imperante reposa en la alianza que existe
entre el Gobierno y el TSJ. Ante esa realidad ¿qué hacer? .
La AN puede modificar la
integración del TSJ si ejerce su potestad de autotutela revocando la designación de los 13
magistrados principales y 21 suplentes que hizo el 23 de diciembre de 2015 la
anterior AN, en fraude a los requisitos constitucionales y violando el
procedimiento legal correspondiente. Esa designación fue un acto
administrativo, no legislativo, y, como tal, revocable. Hay más: el artículo 90
del Reglamento Interior y de Debates de la AN (que tiene rango legal) faculta
al Parlamento para revocar sus propias decisiones o actos viciados. Creo que,
para lograr un TSJ decente, esta vía (ya utilizada por la AN chavista en dos
oportunidades y con el aval de la Sala Constitucional del TSJ) es preferible a
la de modificar la Ley del TSJ para aumentar el número de sus magistrados.
Es este TSJ el que decidió
la suspensión de los efectos de la proclamación de los diputados del Estado
Amazonas, contrariando su propia doctrina de que “la proclamación de un
candidato en un determinado cargo, no puede ser suspendida o controlada a
través de una acción de amparo constitucional otorgada a favor de quien lo pretende”.
Con toda razón, el Consejo Superior de la Federación de Colegios de Abogados de
todo el país, ha dicho sobre esa desproclamación que “era obvio entender que
mucho menos sería procedente en forma subsidiaria en una acción de nulidad y
ello constituye un error grave e inexcusable” y, lo que es igualmente
inaceptable, que se sustente en una grabación ilícita violatoria del artículo
48 de la Constitución, “al transformar un delito en una prueba”.
La crisis
institucional y la crisis económico-financiera
que nos tiene al borde de la cesación de pagos de la deuda externa motivarán a la MUD para acelerar la selección
de la vía constitucional que se seguirá para salir de Maduro. Esto último es
una necesidad nacional.
Informativo e interesante.Clara explicacion de lo juridico constitucional.Demostrado el lenguaje escatologico utilizado por el presidente.Somos democratas...
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