14 de enero de 2016

RAMÓN ESCOVAR LEÓN La revocatoria de la elección de los magistrados, El Nacional Digital / pararescatarelporvenir.blogspot.com 14 de enero de 2016


RAMÓN ESCOVAR LEÓN

La revocatoria de la elección de los magistrados
14 DE ENERO 2016 - 12:34 AM

La condición de magistrado del Tribunal Supremo de Justicia requiere del cumplimiento de una serie de requisitos previstos en el artículo 263 de la Constitución. Entre ellos destaca “haber ejercido la abogacía durante un mínimo de quince años y tener título universitario de postgrado en materia jurídica”. A estos requisitos se añaden el haber sido profesor universitario por un tiempo no inferior a quince años, o haber sido juez por el mismo tiempo o haber sido juez superior en la especialidad de la materia de la sala para la cual se postula, amén que se exige disfrutar de prestigio “en el desempeño de sus funciones”; o haber sido profesor durante un mínimo de quince años, tener la categoría de titular, y ser reconocido por una buena reputación. Desde luego que ponderar todas estas exigencias constitucionales requiere de un proceso sereno y transparente.

Además de los requisitos exigidos por la Constitución, hay un procedimiento que cumplir con unas etapas que respetar y unas normas jurídicas de insoslayable acatamiento. Todas las violaciones del procedimiento previsto en la Constitución, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, del Reglamento del Comité de Postulaciones y del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional fueron denunciadas por un grupo de abogados en un escrito presentado la semana pasada en la Asamblea Nacional. Suscribiendo el escrito aparecen los ex magistrados Blanca Rosa Mármol de León, Román Duque Corredor, Pedro Rondón Haaz y Cecilia Sosa; los profesores René Molina, Flor Zambrano, Miguel Ángel Martín, Rodrigo Rivera Morales y Ramón Escovar León. Entre las graves violaciones cometidas en la designación de los magistrados bajo la modalidad “exprés”, y que están plasmadas en el referido escrito, tenemos: “1. violación al debido procedimiento por la extemporaneidad de la convocatoria; 2. violación al debido procedimiento en la publicación de los postulados; 3. violación al debido procedimiento cuando no se indicó el lapso de impugnación; 4. violación al debido procedimiento en el lapso de impugnaciones; 5. violación al debido procedimiento por ausencia de participación ciudadana y la no sustanciación de las impugnaciones; 6. violación al debido procedimiento cuando no se informó sobre el baremo para la preselección; 7. violación al debido procedimiento cuando no se consultó al Poder Ciudadano; 8. violación al debido procedimiento en la elección de los magistrados; 9. ausencia total y absoluta del debido procedimiento en la elección de magistrados”.

Escapa de las breves dimensiones de este artículo explicar todas y cada una de las violaciones reseñadas en el párrafo anterior y que están desarrolladas en la petición que hemos formulado ante la AN, pero vale la pena destacar dos que son determinantes. En primer lugar, tenemos que el artículo 256 de la Constitución Nacional prohíbe a los funcionarios judiciales el activismo político, lo cual es obvio, pues se requiere que los magistrados sean imparciales en el ejercicio de sus funciones. Sin embargo, en las designaciones realizadas el pasado 23 de diciembre hay activistas políticos, los cuales trabajaron en el gobierno hasta antes de su elección o formaron parte de la Asamblea Nacional como miembros del PSUV. Esta violación constitucional sube de tono por cuanto uno de los elegidos como magistrado participó como parlamentario en el proceso de su elección, un conflicto de interés sin antecedentes. Además, el obstáculo de la militancia partidista no se puede salvar mediante la aparente renuncia a la militancia partidista pocos días antes de la elección. En segundo lugar, hay numerosas violaciones del procedimiento de elección de magistrados. Entre ellas destaco que las impugnaciones que formulamos ante el Comité de Postulaciones el día 18 de diciembre pasado no fueron tramitadas. En adición, el lapso para impugnar vencía el día 23 de diciembre, fecha en la cual se eligieron los magistrados, lo que demuestra que el procedimiento está viciado de nulidad.

Si la Asamblea Nacional constata las violaciones constitucionales y procedimentales señaladas, puede declarar la nulidad del procedimiento y abrir uno nuevo. En este nuevo procedimiento pueden participar todas las fuerzas políticas que integran la Asamblea sin ventajismos groseros que pretendan violar el principio de publicidad y transparencia que debe regir la elección de unos funcionarios judiciales de tanta relevancia como lo son los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia. Ante esta situación, el Tribunal Supremo de Justicia no puede inmiscuirse porque, en primer lugar, los magistrados elegidos tienen interés y no pueden participar sin correr el riesgo de aumentar aún más este atropello a la institucionalidad de la democracia; y, en segundo lugar, porque el TSJ se apartaría de ser una instancia que colabora con la paz social y generaría una situación de crisis que para nada conviene a Venezuela. Los magistrados de un tribunal supremo deben gozar de credibilidad y ser reconocidos por su autoridad en materia jurídica para lo cual es esencial que no haya sombras sobre su elección.

Resulta asombroso que apenas se anunció que la Asamblea Nacional comenzaría la investigación sobre la elección de los magistrados, la Sala Electoral, con la rúbrica de dos de los que ella revisa, haya dictado una decisión que pretende inmovilizarla. Y es necesario recordar que los diputados fueron elegidos por la voluntad del pueblo el 6-D; mientras que los magistrados fueron designados en un proceso cuestionado. Además, la Sala Electoral no está facultada para revisar actos de la Asamblea Nacional, ni mucho menos declarar el “desacato” de la junta directiva sin haberles dado el derecho a la defensa y, lo que es más grave, sin que se les haya levantado la inmunidad parlamentaria. Tampoco puede dictar un dispositivo indefinido anulando hipotéticos actos futuros. Por eso, la prudencia enseña que el gobierno debe serenarse y aceptar que fue derrotado en las elecciones de diciembre, que ahora es minoría y que Venezuela no quiere más autoritarismo, sino que aspira a iniciar el camino hacia la reconstrucción del equilibrio de poderes y la reconquista de las libertades y de la democracia. Si esto se reconoce y se acepta, habrá ganado Venezuela y, para eso, basta con cumplir con la Constitución y las leyes.

Twitter: @rescovar

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