31 de enero de 2016

El régimen en abierto desacato a la soberanía del pueblo., por: Sergio Sáez Auditor Social / pararescatarelporvenir.blogspot.com 31 de enero de 2016


El régimen en abierto desacato a la soberanía del pueblo.

por: Sergio Sáez
Auditor Social


El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos.
Artículo 350, constitucional.

Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella.
En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia.
Artículo 333, constitucional. De la Garantía de la Constitución


El pasado 6 de Diciembre de 2015, el pueblo venezolano, único depositario de la soberanía[1], en ejercicio democrático y constitucional del sufragio, y decisión personal, directa y secreta, eligió sus representantes en la Asamblea Nacional, otorgándole amplia mayoría a la representación democrática de la sociedad civil, lo que a juicio de los entendidos, fue la “expresión más contundente de una pacífica rebelión popular” que se manifestó contra el régimen autárquico que se instaló en el país desde 1999.

El gran triunfo de esta jornada de rebelión democrática fue que el pueblo venezolano mayoritariamente manifestó su desconocimiento al régimen, su particular legislación, y su pretendida autoridad, para continuar demoliendo el Estado Constitucional, democrático y social, de Derecho y de Justicia[2], descentralizado, sustentado sobre el pleno disfrute de los Derechos Económicos de libre empresa y propiedad [3], pretendiendo instaurar, a troche y moche, y en abierta violación de la Constitución Nacional, un Estado Popular, llamado Estado Comunal, inexistente en nuestra Constitución Nacional, totalitario, militar-militarista y policial, centralizador, negador de la Democracia y de los Derechos Humanos, planificado y dirigido desde Cuba por los hermanos Castro, semejante al que instauraron en ese país hermano, y que ha mantenido sojuzgado a ese pueblo durante más de media centuria. Contando para ello, por acción o por omisión, con la complicidad de los restantes poderes públicos y de una facción militar, apátridas, que le han sido incondicionales.

No valieron las artimañas del CNE a las que nos había tenido acostumbrado, ni el abuso del régimen de hacer uso indiscriminado de todos los bienes de la nación, sin excepción, para la campaña política y su financiamiento, ni las descaradas amenazas a los empleados, obreros de la Administración Pública, y a los compatriotas beneficiarios de las diversas “misiones sociales”. Hechos, por cierto, ampliamente documentados en diferentes medios de difusión, y denunciada ante las correspondientes autoridades, sin que estos se sintiesen aludidos, y mucho menos tomasen correctivo alguno.

De esta manera, el pueblo eligió a sus representantes en el Poder Legislativo Nacional; y envió un claro mensaje al poder ejecutivo, el otro que también elije directamente, representado hoy por quien ocupa la presidencia de la República, Nicolás Maduro, cuya legitimidad de origen siempre cuestionada, que también perdió su legitimidad de desempeño, dada la desastrosa situación a la que han conducido al país por la incapacidad e idoneidad para gobernar. De igual manera, el uso abusivo y grosero de la figura y del “legado” del finado tte.cnel, Hugo Chávez Frías para seguir cautivando el apoyo de “su Pueblo” al régimen y sus candidatos a la Asamblea Nacional, quedó claramente disminuido ante la apabullante derrota de que fue objeto los candidatos del régimen a todo lo ancho y largo del país.

El régimen, y sus inmediatos seguidores, han pretendido hacer caso omiso de este mandato popular, a pesar de haber pregonado, Nicolás Maduro, que respetaría el resultado que dictase el Consejo Nacional Electoral, sea cual fuese.
Ante la meridiana realidad que la nueva bancada democrática sobrepasaba la “escuálida” representación del régimen y lograba la mayoría absoluta, lo primero que hicieron fue solicitar de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, de manera orquestada y cómplice, y sin haber agotado la instancia correspondiente del CNE, recursos contencioso electoral conjuntamente con medida y/o amparo cautelar de suspensión de efectos contra las elecciones de diputados y diputadas a la Asamblea Nacional, en  Circunscripciones Electorales de los estados Aragua; Amazonas; Yaracuy; y, la representación indígena de la Región Sur. De los cuales solo prosperó[4], viciada de nulidad[5], con velocidad inusitada, la correspondiente a los cuatro diputados (constituida por tres de la representación democrática y uno de la del régimen) del estado Amazonas, y de la representación indígena, que cubría además el Estado Apure.

Para la instalación de la Asamblea Nacional se dejaron sin juramentar los diputados cuestionados integrantes de la oposición al régimen, Nirma Guarulla, Julio Haron Ygarza y Romel Guzamana. No obstante, la Junta Directiva de la AN los juramentó en la primera sesión formal. Por lo cual, la Sala Electoral del TSJ ordenó a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional dejar sin efecto la referida juramentación y en consecuencia proceder con la desincorporación inmediata, lo cual deberá verificarse y dejar constancia de ello en Sesión Ordinaria de dicho órgano legislativo nacional. Ante la negativa de la Junta Directiva de la AN de acatar el pedimento, la SE del TSJ declaró procedente el desacato de la sentencia antes mencionada, por parte de los miembros de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, Diputados Henry Ramos Allup, Enrique Márquez y José Simón Calzadilla y por los diputados de la representación democrática antes mencionados; y, nulos absolutamente los actos de la Asamblea Nacional que se hayan dictado o se dictaren, mientras se mantenga la incorporación de los ciudadanos sujetos del presente fallo de la SE del TSJ. Al final quedaron desincorporados los diputados por el estado Amazonas, a la espera del correspondiente proceso judicial.

Tal decisión de la SE del TSJ no afecta la mayoría absoluta en la correlación de fuerzas en la AN, el PSUV y los partidos que lo secunda, se han dado a la tarea de motorizar el parlamentarismo de calle y la exaltación de la Asamblea Comunal, como órgano legislativo paralelo, para tratar de boicotear la labor de la Asamblea Nacional, y para crear un clima político adverso, propiciando una confrontación de poderes en abierto desacato a la decisión mayoritaria del pueblo.

Otro punto de roce entre el poder legislativo y el ejecutivo lo constituyó el desacato y violación de la Constitución Nacional por parte de los ministros del área económica, Eulogio del Pino (ministro de petróleo y Minería y presidente de PDVSA), Nelson Merentes (presidente del BCV), José David Cabello (Seniat) y Rodolfo Marco Torres (ministro para la Alimentación), ), Rodolfo Medina del Río (ministro para la Banca y Finanzas), Miguel Pérez Abad (ministro para la Industria y Comercio), al negarse a comparecencia pública ante esta. Al respecto es importante señalarle a estos funcionarios públicos que el Artículo 139, constitucional, establece que “El ejercicio del Poder Público acarrea responsabilidad individual por abuso o desviación de poder o por violación de esta Constitución o de la Ley”. Y el Artículo 143, constitucional establece “Artículo 143. Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a ser informados e informadas oportuna y verazmente por la Administración Pública, sobre el estado de las actuaciones en que están directamente interesados e interesadas, y a conocer las resoluciones definitivas que se adopten sobre el particular. Asimismo, tienen acceso a los archivos y registros administrativos, sin perjuicio de los límites aceptables dentro de una sociedad democrática en materias relativas a seguridad interior y exterior, a investigación criminal y a la intimidad de la vida privada, de conformidad con la ley que regule la materia de clasificación de documentos de contenido confidencial o secreto. No se permitirá censura alguna a los funcionarios públicos o funcionarias públicas que informen sobre asuntos bajo su responsabilidad.”. Y el Artículo 187 “Corresponde a la Asamblea Nacional:”, en su Numeral 10 “10. Dar voto de censura al Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva y a los Ministros o Ministras. La moción de censura sólo podrá ser discutida dos días después de presentada a la Asamblea, la cual podrá decidir, por las tres quintas partes de los diputados o diputadas, que el voto de censura implica la destitución del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva o del Ministro o Ministra.”. Y el Artículo 222, constitucional,  establece “La Asamblea Nacional podrá ejercer su función de control mediante los siguientes mecanismos: las interpelaciones, las investigaciones, las preguntas, las autorizaciones y las aprobaciones parlamentarias previstas en esta Constitución y en la ley y cualquier otro mecanismo que establezcan las leyes y su Reglamento. En ejercicio del control parlamentario, podrán declarar la responsabilidad política de los funcionarios públicos o funcionarias públicas y solicitar al Poder Ciudadano que intente las acciones a que haya lugar para hacer efectiva tal responsabilidad.”.
De la lectura de estos artículos se infiere que esos funcionarios públicos incurrieron en desacato de la Constitución Nacional, máxime que la mayoría de ellos habían manifestado a la Junta Directiva de la AN su aceptación de comparecencia. Pero por instrucciones emanadas del Ejecutivo, comunicada por el Vicepresidente, Aristóbulo Isturiz al presidente de la AN, Ramos Allup, aduciendo que las interpelaciones no debían ser públicas para no revelar asuntos estratégicos del Estado. Como dice el vulgo, la mentira tiene patas cortas, para el régimen cubano nada es secreto, por el contrario, estan entronizado en todas las áreas sensibles y estratégicas. Han desarrollado todo el sistema de identificación de los venezolanos, registros civiles, entrenamiento y estrategias militares, comunicaciones, salas situacionales, compra de equipos, bienes, medicinas, alimentos.
La Junta Directiva de la AN no ha tomado acciones individuales contra cada uno de los funcionarios, incluyendo al Vicepresidente, toda vez que la responsabilidad por sus actos, cumplidos o dejados de cumplir, son individuales. Habrá que llamarlos a una segunda comparecencia, y actuar en consecuencia.

Ayer, la Asamblea Nacional, aprobó en primera discusión de la LEY DE OTORGAMIENTO DE TÍTULOS DE PROPIEDAD A BENEFICIARIOS DE LA GRAN MISIÓN VIVIENDA VENEZUELA, iniciativa bandera de los candidatos de la representación democrática durante la campaña, que persigue dotar a quienes se les ha asignado vivienda dentro de esta misión, de un documento protocolizado ante la Oficina de Registro Inmobiliario correspondiente, que acredite realmente como verdadero e indiscutible titular del derecho legítimo de propiedad sobre el apartamento o la casa que, por ahora, simplemente ocupa en calidad de beneficiario, más no de propietario, y que le confiera la titularidad de la propiedad de los inmuebles ocupados se desarrolla el sentido de pertenencia, de seguridad familiar y los deberes con responsabilidad hacia el entorno y lo social, fomentando nuevos valores en el ciudadano. La posesión de los inmuebles en cuestión ya fue transferida a los actuales adjudicatarios y eso es un hecho consumado, faltando por definir la titularidad sobre esos inmuebles; y en dicha ley se crea una Comisión Parlamentaria Especial, integrada por el Presidente de la Comisión Permanente de Desarrollo Social de la Asamblea Nacional, quien la presidirá, así como por un representante de la Comisión Permanente de Finanzas y por otros 5 parlamentarios electos en el seno de la plenaria, la cual tendrá a su cargo la ejecución de, entre otras, la tarea de levantar dentro de un plazo de noventa (90) días hábiles, contados a partir de la suscripción del Acta de Instalación, con la colaboración de los distintos órganos y entes del Ejecutivo Nacional con competencia en la materia, un inventario detallado de los distintos proyectos habitacionales ya ejecutados y en ejecución en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela, que sin duda alguna, revelará el verdadero resultado de la Gran Misión Vivienda, que de concretarse, seguro dejará mal parado al régimen sobre las exorbitantes cifras que ha manipulado. Ante esta realidad Nicolás Maduro expresó "Es una amenaza privatizar la Misión Vivienda"…. "Esta ley aprobada en primera discusión en la Asamblea Nacional es una doble amenaza porque pretende acabar con la Gran Misión Vivienda y le negará el derecho al pueblo de vivir en la ciudad y en vivienda digna y lo lanzará a la quebrada. Así lo alerto y así se lo explico a nuestro pueblo". Por otra parte, para boicotear la iniciativa parlamentaria, creó “un ente que denominó "Registros Públicos Inmobiliarios", cuyo objetivo sería avanzar en los pasos del protocolo para la adjudicación de las viviendas. "Estoy creando los Registros Públicos Inmobiliarios especiales de la Gmvv,  y estableciendo las directrices para impulsar y acelerar los procesos de protocolo de la Misión Vivienda”[6].
Por su parte,  Pedro Carreño y la bancada del régimen han manifestado que esta ley es inconstitucional[7].

Tenemos así un panorama que en lo político se caracteriza por la pacífica rebelión popular, la pérdida de la legitimidad de origen y desempeño del régimen, y su desacato a la decisión soberana del pueblo; en lo económico, por la desastrosa situación en que el régimen ha sumido al país, agotadas sus reservas internacionales, completo desabastecimiento de alimentos, medicinas e insumos básicos, una hiperinflación desbocada; y, en lo social, innumerables contratos colectivos sin siquiera ser discutidos, evidencia del empeño del régimen de acabar con todo vestigio de libertad sindical, desempleo galopante que se verá agravado por la quiebra inminente de empresas, carencia de suficientes medios de subsistencia de la clase pobre (que sobrepasa el 75% de la población) y de carencia absoluta en los de pobreza extrema (que supera el 50% de la pobreza), el creciente descenso de la clase media que ha visto mermado sus ingresos, deserción escolar por alimentación inadecuada y carencia de medios de vida, galopante inseguridad que enluta a numerosas familias, la carencia de plazas de trabajo para la juventud emergente, el alto índice de embarazos precoces, la aparición y desarrollo de enfermedades que se consideraban erradicadas, la carencia de atención de salud, hospitalaria, de equipos, medicinas, insumos, personal médico y auxiliar competente, salarios mínimos muy bajos que no alcanzan para cubrir la sexta parte de la canasta básica alimentaria, y que afecta a la clase más necesitada y vulnerable del país, ancianos y desvalidos, viud@s, madres del barrio, jóvenes madres, becarios, beneficiarios de las misiones sociales, deportistas, personal no capacitado, a destajo, tercerizados, hogares en pobreza extrema. En fin, más de las tres cuartas partes de la población venezolana, e “in crescendo”.

Lo más triste, cruel, criminal y vergonzoso de todo esto, es que por el despilfarro de los ingentes recursos recibidos por este régimen, cientos de venezolanos se mueren por falta de medicinas básicas para continuar los tratamientos médicos, o por falta de insumos y equipos para los tratamientos e  intervenciones quirúrgicas de emergencia, y peor aún,  miles de venezolanos, conformados por lo más necesitados y vulnerables del país, ancianos, desvalidos, madres e hijos, se acuestan sin haber probado bocado alguno; y se levantan, si es que han podido conciliar el sueño ante el agobio, sin la esperanza que puedan comer algo ese nuevo día. Mientras un régimen con su banda de burócratas y la boliburguesía que ayudaron a crear, dilapidaron la más grande fortuna, constituida por los ingresos de más de dos millones de millones de dólares. Cifra que supera por mucho a todos los ingreso recibidos por todos loa gobiernos desde que se instauró la República en 1830.

Nada puede hacer este régimen de oprobio, para sacar al país del barranco al cual lo precipitaron. Han demostrado hasta la saciedad la carencia absoluta de capacidad, idoneidad, conocimiento, y recursos gerenciales para gobernar. Sería vergonzoso y suicida, permitirles que sigan gobernando en abierta contradicción y rebeldía al mandato supremo popular.

Tienen ahora la posibilidad el régimen y sus jerarcas, de renunciar en masa, y deben hacerlo. Acompañado de un sincero acto de constricción. Pedirle perdón a todos esos venezolanos de los que se burlaron y sepultaron sus sueños y esperanzas de redención, y que siguieron el llamado falso y engañosos, de un militar que traicionó su “juramento a la bandera”, movido por su resentido social, y truncado en “encantador de serpientes”. Suerte del “Melquiades”, y de su ungido, hasta ahora “indocumentado”, salvo que pruebe lo contrario, que muy bien pudieran ambos haber tenido cabida, como personajes de la picaresca criolla, en las geniales obras del realismo mágico tropical de García Márquez.

Corresponde ahora a la nueva Asamblea Nacional de mayoría demócrata, como paso previo e impostergable para el restablecimiento de la institucionalidad democrática del país, proseguir con la revocatoria inmediata de todos los cargos del Poder Ciudadano (Fiscal General, Contralor General, y Defensor del Pueblo), de los miembros del Consejo Nacional Electoral, y de magistrados de la Sala Electoral y suplentes del TSJ, efectuada inconstitucionalmente por la bancada del régimen en la Asamblea Nacional, y proceder como lo establece la Constitución Nacional y las Leyes. Toda vez que burló la soberanía del pueblo, que delegó en ella para que actuara como Cuerpo Electoral de segundo grado[8], en la selección, indelegable e impostergable y por mayoría calificada, de esos funcionarios públicos,  entre individuos probos, de comprobada e irreprochable honestidad, competencia, y sin participación política, para poder actuar a su entera libertad de conciencia, libre de ataduras y compromisos, para que sus actos administrativos y/o la justicia que impartan, esté ajustada y sean verdaderos garantes de la correcta interpretación de la Constitución Nacional y las Leyes.

Para poder contribuir con la labor encomendada a la naciente Asamblea Nacional, se requiere el concurso de todos las fuerzas vivas de la sociedad civil democrática, las ONG’s, y de los ciudadanos, el cumplimiento de los deberes que nos impone la Constitución Nacional, fieles a nuestra tradición republicana, a nuestra lucha por la independencia, la paz y la libertad, para oponernos a los designios de los poderes públicos que pretenden desconocer, a ultranza, la voluntad popular. Demos pues el apoyo irrestricto a la representación democrática de la Asamblea Nacional para que tome todas las medidas necesarias para la reconstrucción de la democracia plena en nuestro país, y erradique la barbarie imperante que pretende seguir implantando este moribundo régimen.







[1] Véase Artículo 5 de la Constitución Nacional.
[2] Véase Artículo 2 de la Constitución Nacional
[3] Véase Capítulo VII De los Derechos Económicos de la Constitución Nacional
[4] Véase: sentencia número 260 dictada por la Sala Constitucional del TSJ, el 30 de diciembre de 2015
[5] Véase: EL IRRESPONSABLE INTENTO DE “GOLPE JUDICIAL” ELECTORAL, Y LA NECESARIA REVOCACIÓN INMEDIATA DE LA INCONSTITUCIONAL “DESIGNACIÓN” DE LOS MAGISTRADOS DE LA SALA ELECTORAL EFECTUADA POR LA ASAMBLEA MORIBUNDA
Allan R. Brewer-Carías.. New York, 4 de enero de 2016.

[7] Véanse: Maduro calificó de "inconstitucional" Ley de Propiedad de la GMVV. http://www.eluniversal.com/economia/160128/maduro-califico-de-inconstitucional-ley-de-propiedad-de-la-gmvv ; y,

[8] Véase: Allan R. Brewer-Carías, “El primer paso para la reconstrucción de la democracia: El restablecimiento de la legitimidad democrática de todos los poderes públicos. Sobre porqué la nueva Asamblea Nacional debe proceder a revocar los írritos actos de nombramiento de los titulares del Poder Ciudadano (Fiscal General, Contralor General, Defensor del Pueblo), del Poder Judicial (magistrados del Tribunal Supremo y del Poder Electoral (rectores del Consejo Nacional Electoral), y proceder, elegir como Cuerpo Electoral de segundo grado” New York, 10 de diciembre 2015.


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