Si hago este largo introito es para excusarme con lectores de otras latitudes, comprendo que el país todo se está cayendo a pedazos y podría parecerles nimio el reclamo local, de una casa de mi pueblo. Tómenlo como un ejemplo, como una muestra de la destrucción del país, es parte de ella...
ALFREDO CORONIL HARTMANN
La injusticia... encontramos en Calabozo
Se realizó
audiencia de apelación por ante la Corte de
Apelaciones del Estado Guárico ante la
Sentencia de la Jueza de Control de Calabozo. Sin Lugar. Se
realizó Recurso ante el TSJ, también, Sin
Lugar. Los Invasores mandan
Apelaciones del Estado Guárico ante la
Sentencia de la Jueza de Control de Calabozo. Sin Lugar. Se
realizó Recurso ante el TSJ, también, Sin
Lugar. Los Invasores mandan
Cuando el
Llano Colombo-venezolano era territorio español, en
1800, el sabio Humboldt escribió:
1800, el sabio Humboldt escribió:
"Encontramos
en Calabozo, en el corazón de los llanos, una
máquina eléctrica de grandes discos,
electróforos, baterías, electrómeros, un material casi tan
completo como el que poseen nuestros físicos
en Europa. No habían sido comprados en los Estados Unidos…
“.
máquina eléctrica de grandes discos,
electróforos, baterías, electrómeros, un material casi tan
completo como el que poseen nuestros físicos
en Europa. No habían sido comprados en los Estados Unidos…
“.
La casa
colonial que se tiene en esta Villa de Todos los Santos de
Calabozo, como la casa donde
pernoctó Humboldt, en su estada en Calabozo, en su viaje a las
regiones equinocciales del viejo
continente, fue invadida hace siete años. Cerca de la muerte del
propietario, que legó esta casa para
que fuera un museo en este corazón del Llano
Colombo-venezolano, Calabozo. Máximo Corrales
Cousin, que así se llamaba este ilustre médico llanero, lo dijo
con estas palabras, -que dejó escritas en
testamento cerrado: “Un terreno y la casa sobre él construida,
ubicado en la carrera 9 cruce con la
calle 6 (…) a mi sobrino Alfredo Sanabria Corrales. Este legado
queda sujeto a la condición de que no
podrá enajenar ni gravar el inmueble, ni de ninguna manera
disponer de él. Asimismo, fallecido el
beneficiario, o en vida si así él lo decidiera, debe pasar el
inmueble a ser propiedad de la
Fundación de Museos Nacionales del Instituto de las Artes, la
Imagen y el Espacio (I.A.I.M.E.) para
la creación del museo de la Vivienda de los siglos XVIII, XIX Y
XX, con inclusión de los bienes
muebles y obras de arte que contiene…”.
Calabozo, como la casa donde
pernoctó Humboldt, en su estada en Calabozo, en su viaje a las
regiones equinocciales del viejo
continente, fue invadida hace siete años. Cerca de la muerte del
propietario, que legó esta casa para
que fuera un museo en este corazón del Llano
Colombo-venezolano, Calabozo. Máximo Corrales
Cousin, que así se llamaba este ilustre médico llanero, lo dijo
con estas palabras, -que dejó escritas en
testamento cerrado: “Un terreno y la casa sobre él construida,
ubicado en la carrera 9 cruce con la
calle 6 (…) a mi sobrino Alfredo Sanabria Corrales. Este legado
queda sujeto a la condición de que no
podrá enajenar ni gravar el inmueble, ni de ninguna manera
disponer de él. Asimismo, fallecido el
beneficiario, o en vida si así él lo decidiera, debe pasar el
inmueble a ser propiedad de la
Fundación de Museos Nacionales del Instituto de las Artes, la
Imagen y el Espacio (I.A.I.M.E.) para
la creación del museo de la Vivienda de los siglos XVIII, XIX Y
XX, con inclusión de los bienes
muebles y obras de arte que contiene…”.
Este
hermoso e histórico bien inmueble fue invadido en el
espacio del dolor de su sobrino y los
trámites burocráticos para hacer la tradición a las manos del
Estado, que son las manos de todos los
venezolanos, pues todos disfrutaríamos del museo, de estar en
manos de Fundación de Museos
Nacionales. Pero fue invadido.
espacio del dolor de su sobrino y los
trámites burocráticos para hacer la tradición a las manos del
Estado, que son las manos de todos los
venezolanos, pues todos disfrutaríamos del museo, de estar en
manos de Fundación de Museos
Nacionales. Pero fue invadido.
De la
necesaria burocracia de la herencia, pasamos a la ineludible
burocracia de los tribunales.
burocracia de los tribunales.
El delito
de Invasión denunciado, pero éste no fue visto por la
Juez de Control en Calabozo, y sobre
seyó la transgresión. La cuestión es noticia porque este Juzgado
Penal en funciones de Control, vio
que la invasión que contempla el Código Penal fue totalmente
derogada, esto por crasa ignorancia del
derecho, o bien por ignara complacencia. Incurrió en un
“error grave e inexcusable” del derecho.
Juez de Control en Calabozo, y sobre
seyó la transgresión. La cuestión es noticia porque este Juzgado
Penal en funciones de Control, vio
que la invasión que contempla el Código Penal fue totalmente
derogada, esto por crasa ignorancia del
derecho, o bien por ignara complacencia. Incurrió en un
“error grave e inexcusable” del derecho.
Por lo
que la Invasión de una casa de un pueblo, que sin duda es
urbana, es Invasión. Y si es de un
predio rural, y si sobre éste no existe previamente un conflicto
de tenencia, también es Invasión.
Porque lo dice el Código Penal, y porque la Jurisprudencia que
aplica, no lo exceptúa.
urbana, es Invasión. Y si es de un
predio rural, y si sobre éste no existe previamente un conflicto
de tenencia, también es Invasión.
Porque lo dice el Código Penal, y porque la Jurisprudencia que
aplica, no lo exceptúa.
El
Tribunal de Control de Calabozo, con el mayor despliegue
del “error grave e inexcusable”
desaplicó por interpretación de la Sentencia de la Sala
Constitucional número 1881, del 08/12/2011,
en este caso no se cumple con ninguno de los dos requisitos que
establece la Jurisprudencia, el bien
invadido es una casa urbana donde no ha existido –ni existe-,
algún conflicto por su tenencia. La
urbanidad de la casa, característica que la excluye de la
aplicación de la Jurisprudencia en cuestión, no
puede ser más palmaria, es una casa colonial que está dentro de
la poligonal del Centro de Valor
Histórico más extenso de Venezuela toda.
del “error grave e inexcusable”
desaplicó por interpretación de la Sentencia de la Sala
Constitucional número 1881, del 08/12/2011,
en este caso no se cumple con ninguno de los dos requisitos que
establece la Jurisprudencia, el bien
invadido es una casa urbana donde no ha existido –ni existe-,
algún conflicto por su tenencia. La
urbanidad de la casa, característica que la excluye de la
aplicación de la Jurisprudencia en cuestión, no
puede ser más palmaria, es una casa colonial que está dentro de
la poligonal del Centro de Valor
Histórico más extenso de Venezuela toda.
Se
realizó audiencia de apelación por ante la Corte de
Apelaciones del Estado Guárico ante la
Sentencia de la Jueza de Control de Calabozo. Sin Lugar. Se
realizó Recurso ante el TSJ, también,
Sin Lugar. Los Invasores mandan.
Apelaciones del Estado Guárico ante la
Sentencia de la Jueza de Control de Calabozo. Sin Lugar. Se
realizó Recurso ante el TSJ, también,
Sin Lugar. Los Invasores mandan.
Hoy bien
pudiéramos decir, como dijo el Sabio Humboldt, hace
más de doscientos años, que
"Encontramos en Calabozo” que el “…Sr. Carlos del Pozo y
Sucre, que así se llamaba aquel estimable e
ingenioso sujeto, había comenzado a hacer máquinas eléctricas
de cilindro empleando grandes
frascos de vidrio a los cuales había cortado el cuello.". Pero hoy,
"Encontramos en Calabozo”,…
la injusticia.
más de doscientos años, que
"Encontramos en Calabozo” que el “…Sr. Carlos del Pozo y
Sucre, que así se llamaba aquel estimable e
ingenioso sujeto, había comenzado a hacer máquinas eléctricas
de cilindro empleando grandes
frascos de vidrio a los cuales había cortado el cuello.". Pero hoy,
"Encontramos en Calabozo”,…
la injusticia.
Los
Llaneros de Calabozo, de Guárico, de Colombia y
Venezuela esperan Justicia. Y el mundo.
Venezuela esperan Justicia. Y el mundo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario