15 de marzo de 2016

La injusticia...encontramos en Calabozo, pot Eduardo López Sandoval, Tal Cual / pararescatarelporvenir.blogspot.com 15 de marzo de 2016

La Villa de todos los Santos de Calabozo es mi hogar ancestral, mis antepepasados la fundaron, mi abuelo el Capitán Don Pedro Luis de Mirabal, fue su primer Teniente de Justicia, otro abuelo Don José Felix Hurtado de Mendoza y Polanco, Prócer de la Independencia, mi tío tatarabuelo el general Luis Maria Viso y Mirabal, Comandante de Armas del Estado Guárico, mi tatarabuelo el general Don Juan Tosta dos veces presidente o gobernador del estado, igual cargo ocuparon varios primos y parientes, Don Ramón Viso, Roberto Vargas, Alejandro Rodríguez y varios otros. Mi queridísimo tío abuelo José Rafael Viso, su primer Cronista. No es pués un gentilicio renunciable. 
Si hago este largo introito es para excusarme con lectores de otras latitudes, comprendo que el país todo se está cayendo a pedazos y podría parecerles nimio el reclamo local, de una casa de mi pueblo. Tómenlo como un ejemplo, como una muestra de la destrucción del país, es parte de ella...

ALFREDO CORONIL HARTMANN

Itaca 15 de marzo de 2016


La injusticia... encontramos en Calabozo








La injusticia… encontr

La villa de todos los santos de Calabozo


Se realizó audiencia de apelación por ante la Corte de 
Apelaciones del Estado Guárico ante la
 Sentencia de la Jueza de Control de Calabozo. Sin Lugar. Se 
realizó Recurso ante el TSJ, también, Sin
 Lugar. Los Invasores mandan


Cuando el Llano Colombo-venezolano era territorio español, en 
1800, el sabio Humboldt escribió:
"Encontramos en Calabozo, en el corazón de los llanos, una 
máquina eléctrica de grandes discos,
 electróforos, baterías, electrómeros, un material casi tan 
completo como el que poseen nuestros físicos
 en Europa. No habían sido comprados en los Estados Unidos…
 “.
La casa colonial que se tiene en esta Villa de Todos los Santos de 
Calabozo, como la casa donde 
pernoctó Humboldt, en su estada en Calabozo, en su viaje a las
 regiones equinocciales del viejo 
continentefue invadida hace siete años. Cerca de la muerte del 
propietario, que legó esta casa para 
que fuera un museo en este corazón del Llano 
Colombo-venezolano, Calabozo. Máximo Corrales 
Cousin, que así se llamaba este ilustre médico llanero, lo dijo 
con estas palabras, -que dejó escritas en
testamento cerrado: “Un terreno y la casa sobre él construida, 
ubicado en la carrera 9 cruce con la 
calle 6 (…) a mi sobrino Alfredo Sanabria Corrales. Este legado 
queda sujeto a la condición de que no
podrá enajenar ni gravar el inmueble, ni de ninguna manera
 disponer de él. Asimismo, fallecido el
 beneficiario, o en vida si así él lo decidiera, debe pasar el
inmueble a ser propiedad de la 
Fundación de Museos Nacionales del Instituto de las Artes, la
 Imagen y el Espacio (I.A.I.M.E.) para 
la creación del museo de la Vivienda de los siglos XVIII, XIX Y 
XX, con inclusión de los bienes
 muebles y obras de arte que contiene…”.
Este hermoso e histórico bien inmueble fue invadido en el 
espacio del dolor de su sobrino y los 
trámites burocráticos para hacer la tradición a las manos del 
Estado, que son las manos de todos los
 venezolanos, pues todos disfrutaríamos del museo, de estar en 
manos de Fundación de Museos 
Nacionales. Pero fue invadido.
De la necesaria burocracia de la herencia, pasamos a la ineludible
 burocracia de los tribunales.
El delito de Invasión denunciado, pero éste no fue visto por la 
Juez de Control en Calabozo, y sobre
 seyó la transgresión. La cuestión es noticia porque este Juzgado
Penal en funciones de Control, vio
que la invasión que contempla el Código Penal fue totalmente 
derogada, esto por crasa ignorancia del 
derecho, o bien por ignara complacencia. Incurrió en un 
“error grave e inexcusable” del derecho.
Por lo que la Invasión de una casa de un pueblo, que sin duda es
 urbana, es Invasión. Y si es de un 
predio rural, y si sobre éste no existe previamente un conflicto 
de tenencia, también es Invasión. 
Porque lo dice el Código Penal, y porque la Jurisprudencia que 
aplica, no lo exceptúa.
El Tribunal de Control de Calabozo, con el mayor despliegue 
del “error grave e inexcusable” 
desaplicó por interpretación de la Sentencia de la Sala 
Constitucional número 1881, del 08/12/2011, 
en este caso no se cumple con ninguno de los dos requisitos que 
establece la Jurisprudencia, el bien 
invadido es una casa urbana donde no ha existido –ni existe-, 
algún conflicto por su tenencia. La 
urbanidad de la casa, característica que la excluye de la 
aplicación de la Jurisprudencia en cuestión, no
 puede ser más palmaria, es una casa colonial que está dentro de
 la poligonal del Centro de Valor 
Histórico más extenso de Venezuela toda.
Se realizó audiencia de apelación por ante la Corte de 
Apelaciones del Estado Guárico ante la
 Sentencia de la Jueza de Control de Calabozo. Sin Lugar. Se
 realizó Recurso ante el TSJ, también, 
Sin Lugar. Los Invasores mandan.
Hoy bien pudiéramos decir, como dijo el Sabio Humboldt, hace 
más de doscientos años, que 
"Encontramos en Calabozo” que el “…Sr. Carlos del Pozo y 
Sucre, que así se llamaba aquel estimable e
ingenioso sujeto, había comenzado a hacer máquinas eléctricas 
de cilindro empleando grandes 
frascos de vidrio a los cuales había cortado el cuello.". Pero hoy, 
"Encontramos en Calabozo”,…
la injusticia.
Los Llaneros de Calabozo, de Guárico, de Colombia y 
Venezuela esperan Justicia. Y el mundo.




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