17 de julio de 2015

Declaración de Thor Halvorssen Mendoza respecto al dictamen del 16 de Julio en el caso Halvorssen vs. Betancourt, vierjnes 17 de julio de 2015, 6.23 pm


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  • Hoy a las 6:23 P.M.

Declaración de Thor Halvorssen Mendoza respecto al dictamen del 16 de Julio en el caso Halvorssen vs. Betancourt 

“Con los más de mil millones de dólares que le robaron al Estado venezolano, los accionistas de Derwick Associates, junto a su ejército de abogados penalistas, estrategas de medios, piratas informáticos y especialistas en relaciones públicas, han librado una campaña implacable contra cualquier informante, periodista, bloguero o defensor de derechos humanos que se haya atrevido a desafiar la asociación delincuencial en curso entre los venezolanos Francisco D'Agostino Casado, Pedro Trebbau López, Alejandro Betancourt López, Francisco Convit Guruceaga, Edgard Romero Lazo y Eduardo Travieso.

Tenemos la esperanza de que en los tribunales de justicia podremos demostrar que el alegato de Derwick de ser una “empresa honesta” es una fantasía y que, en realidad, lo que hicieron estos individuos fue robarle a Venezuela más de mil millones de dólares; que pagaron comisiones ilegales y sobornos a funcionarios del gobierno venezolano, incluyendo al teniente Diosdado Cabello; y que lavaron cientos de millones de dólares a través de instituciones financieras de Estados Unidos y Europa. Y que, tratando de encubrir su corrupción, se dedicaron a difamar y a arruinar las carreras y la reputación de muchas personas. Y yo  uno de los objetos de su campaña sucia.

Lamentablemente, el tribunal dictaminó ayer que, dentro de mi caso civil por difamación, esa corte no tiene jurisdicción personal sobre Francisco D'Agostino y las empresas Derwick ya que para la corte D’Agostino no vive en Florida. Debe quedar claro, sin embargo, que el fallo del juez no significa de ninguna manera que Derwick y D'Agostino no sean culpables de haber cometido varios delitos financieros, además de haber difamado a muchas personas. El fallo versó exclusivamente sobre asuntos de mero procedimiento acerca de la residencia del acusado, con los cuales tanto mis abogados como yo discordamos. Por tanto, apelaremos de esta decisión ante la Corte de Apelaciones del Tercer Distrito del Estado de Florida. La verdad puede enfermar, pero no morir del todo.

Antecedentes

El periodista y activista de derechos humanos Thor Halvorssen Mendoza presentó una demanda ante la Corte de Circuito de Miami-Dade el 20 de noviembre de 2013 alegando que los acusados Derwick Associates Corp., Derwick Associates USA, LLC, Alejandro Betancourt-López, Pedro Trebbau-López y Francisco D ' Agostino-Casado lo difamaron a través de cartas que ellos enviaron a Forbes y al Huffington Post alegando que Halvorssen había sido pagado para realizar preguntas infundadas respecto a los acusados. Las cartas enviadas por Derwick aseguraban que todas las afirmaciones que habían sido hechas por periodistas y otros investigadores acerca de sobrefacturación y de actividad criminal de los acusados, eran simplemente "mentiras repetidas" por Halvorssen.

El proceso civil iniciado por Halvorssen alegaba que los acusados habían de hecho participado en sobrefacturación y que habían pagado sobornos a funcionarios venezolanos para adjudicarse contratos de construcción de plantas eléctricas, y que estos sobornos incluían un pago de $50 millones de dólares americanos para el Presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello.

El Juez Thomas Rebull desestimó parcialmente la reclamación de Halvorssen ayer en cuanto concierne a Derwick Associates Corp., Derwick Associates EE.UU., LLC, y Francisco D'Agostino-Casado. Por su parte, Alejandro Betancourt López hasta la fecha continúa evadiendo ser notificado con la demanda. El caso sigue abierto en cuanto a Pedro Trebbau-López.

El Juez Rebull no se pronunció sobre el fondo de la demanda de Halvorssen que versa sobre la sobrefacturación y actividad criminal de los demandados. El Juez Rebull desestimó parcialmente el caso por una razón meramente procedimental relacionada con la jurisdicción de la corte, encontrando que no había un punto de contacto suficientemente fuerte entre el Estado de la Florida y las actividades de los acusados; algo que en el léxico jurídico significa falta de “jurisdicción personal.”



por jenny downing el 

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