6 de mayo de 2014

"La protesta, un derecho transversal y esencial", por Victor Rodríguez Cedeño

Para  Rescatar el Porvenir, reproduce con orgullo este trabajo del jurista y embajador -de carrera- Dr. Victor Rodríguez Cedeño, mi muy apreciado primo.

ALFREDO CORONIL HARTMANN


La protesta, un derecho transversal y esencial
Víctor Rodríguez Cedeño
Las protestas legítimas y pacíficas que han expresado  los venezolanos desde hace tiempo, mas desde febrero de este año,  para exigir al régimen de Nicolás Maduro que  rectifique y atienda el clamor popular; y, la respuesta que se ha dado, de reprimirlas y criminalizarlas, con los resultados lamentables que conocemos, obliga a una seria reflexión.
La protesta es una acción individual o colectiva, propia de las sistemas democráticos,  mediante la cual una persona o un grupo de personas se moviliza de manera pacífica con el fin de que se restituyan sus derechos, se respeten determinadas normas que se consideran violentadas y que se hagan  los cambios o correctivos que plantean esas  realidades. El derecho a la protesta es un derecho que interesa a todos los derechos humanos y no solamente a los relacionados con la manifestación pacífica, la libertad de asociación o a la libertad de expresión. Es un derecho transversal y, además,  esencial pues es mediante él que el individuo o la sociedad exige al Estado que se garantice el ejercicio y el goce de todos sus derechos, lo cual no aceptan los regímenes totalitarios como el bolivariano que insiste en demolerlo contrariando ,tanto el derecho interno, como el derecho internacional; especialmente desde febrero de este año cuando la sociedad civil hace reclamos justos y acorrala a un régimen que pretende imponer reformas a las que más de un setenta por ciento de los venezolanos se opone.
La gente protesta  porque no siente garantizados el derecho a la libertad de expresión y el derecho a informar y a ser informado; el derecho a la vida, a la salud, al trabajo, a la educación, a la no discriminación; a la autodeterminación, que se traduce en el deseo de la mayoría, hoy incuestionable, de los venezolanos que queremos un rumbo distinto, un país diferente, independiente, sin sumisión a un país extranjero, Cuba. También se protesta legítimamente porque se persigue y se amedrenta a los opositores, porque se viola descaradamente la Constitución Nacional y las leyes de la República y porque, en resumen, se ha abandonado definitivamente el espacio democrático. Razones suficientes que legitiman esa acción colectiva que no es una simple manifestación esporádica, sino  sistemática y constante, originalmente legítima y pacífica, transformada lamentablemente en violenta por la represión del Estado, a través de sus grupos militares, policiales y paramilitares.
El alcalde del Municipio Libertador  ha prohibido de la manera más arbitraria y grosera las protestas en “su territorio”, como si se tratase de un feudo exclusivo, al que sólo tendrían acceso los grupos oficialistas. Una  política absolutamente discriminatoria contraria a los derechos humanos, en particular, al derecho a la protesta. Viola Jorge Rodríguez la Ley de Partidos Políticos (LPP)  de 1964, enmendada en 2010 (art.43) y también la Constitución Nacional (art.68), al limitarla con la clara intención de suprimirla, a una “autorización” no requerida, cuando de lo que se trata es de una “participación previa”  a las autoridades, pudiendo solamente ser limitadas de acuerdo con la Ley si “afectan el orden público, el libre tránsito u otros derechos ciudadanos” (art.46 de la LPP).
También la Fiscal participa en este “protestacidio” orquestado cuando afirma, con el desparpajo que le es propio, que la protesta no es absoluta; lo que no deja de ser cierto, si las intenciones fueran sanas, que no lo son. Ignora deliberadamente la sonriente Luisa Ortega que el derecho a la protesta no puede ser vaciado de su contenido y esencia por interpretaciones sesgadas, en todo caso, mal intencionadas.
Lo más grave, y sobre eso ya se han formulado comentarios muy serios que no voy a repetir, es la sentencia de la Sala Constitucional del TSJ que se convirtió no sólo en un ente legislador, al modificar por la vía de una “interpretación abstracta de la Constitución” la Ley de Partidos Políticos, sino en un tribunal penal que incluso “ordena” la intervención de las fuerzas del Estado para reprimirla, para eliminar el derecho a la protesta.
Independientemente de las acciones para eliminar y criminalizar este derecho transversal y esencial, el régimen debe entender que ese derecho es parte del Derecho Internacional consuetudinario, parte incluso del orden público internacional, que lógicamente prevalece ante el Derecho Interno; y que por lo tanto ningún Estado puede incumplirlo, al argumentar su ordenamiento y sus sistema jurídicos internos, como lo ha pretendido hacer con las arbitrarias restricciones impuestas por distintas vías, sin convertirse en un Estado forajido. Por lo tanto, aunque seguirán las acciones de amedrentamiento y persecución, con procesos montados y develación de fantasiosos “planes golpistas” y de “desestabilización”, los venezolanos seguiremos ejerciendo nuestro derecho a protestar pacíficamente hasta que se tome el rumbo correcto.

No hay comentarios:

Publicar un comentario